Términos y condiciones de la reserva
CONDICIONES GENERALES
El arrendador alquila al arrendatario, cuya firma figura en este
contrato, el vehículo designado, de conformidad con las cláusulas y
condiciones que se establecen y que el arrendatario acepta y si
compromete a cumplir:
Artículo 1.- UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO
El arrendatario se compromete a no dejar conducir el vehículo a otras
personas, salvo las aceptadas expresamente y en todo caso bajo la
exclusiva y personal responsabilidad del arrendatario, igualmente se
compromete el arrendatario a que el vehículo no se utilice:
a) Para el transporte a titulo oneroso de pasajeros, cualquiera que
sea la clase remuneración elegida y la forma, escrita o verbal del
compromiso.
b) Para empujar o remolcar cualquier vehiculo o remolque o cualquier objeto rodante o no.
c) Para participar en competiciones.
d) Por cualquier persona que se encuentre en condiciones físicas
deficientes, ya sea por ingestión de alcohol, drogas, por padecer
enfermedad o fatiga o cualquier circunstancia que disminuya su capacidad
normal.
e) Además, el vehiculo únicamente podrá ser conducido por las
personas expresamente mencionadas a continuación y autorizadas
previamente por el arrendatario, y siempre que dichas personas hayan
cumplido 23 años y sean titulares de carnet de conducir suficiente con
una antigüedad minima de un año, y estén posesión del mismo. Tales
personas son lo superiores, subordinados o compañeros de trabajo del
arrendatario o cualquier otra persona aceptada expresa y nominativamente
por el arrendador.
f) Como propio, es decir, que no podrá ceder, vender, hipotecar o
pignorar el presente contrato, el vehiculo, su equipo o sus herramientas
ni tratarlos de cualquier manera que cause perjuicio al arrendador.
Cualquier infracción a las presentes condiciones autorizara al
arrendador a obligar al arrendatario que restituya el vehiculo
inmediatamente, sin necesidad de justificación ni compensación.
g) En las islas se prohíbe, salvo autorización expresa de la
compañía, el traslado del vehiculo a la península o a otras islas.
Articulo 2.- PRECIO DEL ALQUILER, DEPOSITO Y PROLONGACION
El precio del alquiler, así como el depósito, se determinan por las
tarifas vigentes y deberán pagarse previamente. Los titulares de
tarjetas de crédito admitidas por Maxi Rent no tendrán que efectuar
depósito ni depósitos complementarios por prolongación de alquiler
dentro de los límites establecidos para la tarjeta de crédito exhibida.
En ningún caso el deposito podrá servir para una prolongación de
alquiler, deberá obtener autorización escrita de Maxi rent, a quien
deberá remitir el importe correspondiente, o que en otro caso podrá ser
objeto de reclamación judicial por apropiación indebida del vehiculo y
abuso de confianza.
El arrendatario se compromete a devolver el vehiculo al arrendador en la
fecha prevista en el contrato de alquiler. Solo la devolución del coche
al arrendador en el lugar convenido para el alquiler cierra el
contrato.
Artículo 3.- PAGOS
El arrendatario se compromete a pagar al arrendador, a petición de éste:
a) Una cantidad por el número de kilómetros recorridos durante el
periodo de alquiler, calculado según la tarifa en vigor. El numero de
kilómetros recorridos durante el periodo de alquiler será el que indique
el contador instalado en el vehiculo por el fabricante. Si el contador
no ha funcionado, cualquiera que sea la causa, el número de kilómetros
se calculará sobre la base de 500 kilómetros por día de alquiler.
b) Una cantidad complementaria por servicio entre distintas ciudades,
si tal es el caso o si el vehiculo se deja en lugar diferente del
previsto, sin consentimiento escrito del arrendador, correspondiente a
una indemnización por kilómetros o tanto alzado especificado en la
tarifa vigente según los kilómetros que separen la ciudad donde se ha
alquilado el vehiculo de la ciudad en que se ha efectuado el alquiler.
c) Las cantidades correspondientes a la duración del alquiler, la
renuncia al pago de daños en caso de colisión, las primas del seguro
individual de accidentes y los gastos y costes diversos que se
especifican en el presente contrato.
d) Cualesquiera impuestos, tasas y contribuciones directas o
indirectas que graven las rentas, primas, gastos e indemnizaciones
previstas en los anteriores párrafos a, b y c.
e) Cualesquiera multas, gastos, desembolsos e impuestos por
cualesquiera infracciones a la legislación relativa a la circulación,
estacionamiento y demás, que correspondan al vehiculo, al arrendatario o
al arrendador, durante la vigencia del presente contrato, con
excepción, no obstante, de las infracciones imputables al arrendador.
f) Los desembolsos que deba efectuar el arrendador para obtener del
arrendatario los pagos debidos en virtud del presente contrato,
judiciales y extrajudiciales. Cuando el arrendatario incurra en mora,
el pago deberá efectuarse dentro de 48 horas, y en todo caso la cantidad
debida se incrementara en un 20% en concepto de cláusula penal.
g) Los gastos que deba realizar el arrendador para reparar los daños
causados por colisión u otros motivos al vehiculo, quedando entendido
que la responsabilidad del arrendatario, a condición de que haya
observado debidamente las cláusulas y condiciones del presente contrato.
1.- Se limitará a la cantidad indicada en la tarifa vigente.
2.- Quedará anulada si acepta previamente pagar la cantidad prevista en
caso de renuncia por Maxi Rent del pago de dichos gastos cuya aceptación
quedara establecida al escribirse las iniciales del arrendatario en el
lugar reservado para ello en el presente contrato
h) El arrendatario no puede invocar la exoneración total o parcial de
su responsabilidad para cualquier causa que sea a fin de rehusar o
suspender el pago de los importes que debe al arrendador.
Articulo 4.- SEGUROS
Únicamente el o los conductores aceptados expresamente por Maxi Rent tienen la cualidad de asegurados.
1. el arrendatario, y todo conductor del vehículo autorizado de
acuerdo con el artículo 1 anterior, se comprometen a participar como
asegurados en una póliza de seguro de automóviles cuya copia queda a
disposición del arrendatario en la sede social del arrendador. Dicha
póliza cubre los daños contra terceros de acuerdo con la legislación
vigente en el país de matriculación del vehiculo
2. el arrendatario manifiesta su conformodidad con dicha póliza y se
compromete a observar sus cláusulas y condiciones. Además se compromete
a adoptar todas las medidas necesarias para proteger los intereses y
del arrendador y de la compañía de seguros del arrendador en caso de
accidente, durante la vigencia del presente contrato, y en particular se
compromete a:
a) -Informar a Maxi Rent dentro de 48 horas de cualquier accidente, robo
o incendio, incluso parcial, así como a las autoridades de policía de
todo daño corporal y robo o hurto.
b)-Hacer constar en su declaración de circunstancias, lugar, fecha y
hora del accidente, nombre y dirección de testigos, nombre y dirección
del propietario del vehiculo contrario, matricula de éste y compañía
aseguradora y numero de póliza del mismo.
c)-Unir a esta declaración cualquier informe de policía, guardia civil o de juzgado, si hay lugar.
d)-No discuten en caso alguno la responsabilidad ni transigir con terceros respecto al accidente
3. en caso de accidente, queda a cargo del arrendatario una
franquicia según la tarifa vigente en relación con los daños del
vehiculo (Franquicia según modelo)
4. la garantía no cubre los vestidos y otros objetos transportados.
5. el seguro se extiende únicamente a la duración del alquiler de
acuerdo con el presente contrato. después de este termino y, salvo
prolongación expresamente aceptada Maxi Rent declina cualquier
responsabilidad por accidentes o daños que el arrendatario pueda causar,
de los cuales el será el único responsable.
6. el seguro no abarca a cualquier conductor que no este en posesión
de permiso de conducir valido y vigente. Cuando el conductor no esté en
condiciones normales por ingestión de alcohol, drogas, exceso de
velocidad, conducción temeraria u otras causas, el arrendatario y el
conductor serán solidariamente únicos responsables de los perjuicios que
pueda experimentar Maxi Rent.
7. Los daños que sufra el vehículo como consecuencia de desniveles o
mal estado de la calzada serán imputables al arrendatario.
8. Maxi Rent declina toda responsabilidad por accidente con respecto a
terceros o daños al vehiculo que el arrendatario cause durante el
periodo de alquiler si deliberadamente suministra a Maxi Rent
informaciones inexactas relativas a su entidad, domicilio o validez de
su permiso de conducir, y en tal caso el seguro no será valido.
Artículo 5.- ENTRENIMIENTO Y REPARACIONES
El desgaste mecánico normal del vehiculo lo asume Maxi Rent. En el caso
en que el vehiculo quede inmovilizado, las reparaciones sólo podrán
efectuarse mediante acuerdo escrito y según instrucciones de Maxi Rent,
las cuales deberán constar en una factura detallada. Las piezas
defectuosas reemplazadas deberán presentarse junto con la factura. En
ningún caso el arrendatario podrá reclamar daños y perjuicios por
retraso en la entrega del vehiculo, anulación del alquiler o
inmovilización a causa de reparaciones efectuadas durante el alquiler.
Maxi Rent no será responsable en caso de lesiones corporales o daños
materiales ocasionados por defecto de construcción o de reparaciones
anteriores.
Artículo 6.- GASOLINA Y ACEITE
La gasolina queda a cargo del cliente. El arrendatario debe comprobar
constantemente los niveles de aceite y del agua como el nivel de la caja
de cambios. Deberá presentar las facturas correspondientes para obtener
su reembolso.
Artículo 7.- RESPONSABILIDAD
El arrendatario o los conductores expresamente admitidos responden
penalmente a las infracciones cometidas por ellos durante la conducción
del vehiculo, conforme al Código Penal, Código de Circulación y demás
disposiciones legales y vigentes.
Articulo 8.- LEGISLACION Y JURISCCION APLICABLES
El presente contrato se regirá y será interpretado de acuerdo con las
leyes del país en que se haya firmado, cuyos tribunales serán
competentes para conocer las diferencias que de él puedan derivarse,
renunciando las partes al fuero o jurisdicción que pudiera
corresponderles.
Las cuestiones que se susciten con motivo de este contrato entre el
arrendatario y el arrendador son de competencia de los Tribunales y
Juzgados correspondientes al domicilio social de la Sociedad propietaria
del vehículo alquilado.
Artículo 9.- POLÍTICA DE PAGO O DEVOLUCIÓN DEL IMPORTE COBRADO
En el momento del pago por pasarela virtual, se cobrará el 20% del total del alquiler, el resto del importe se pagará en el momento de recogida del vehículo y al formalizar el contrato en nuestras oficinas. No se devolverá en ningún caso el importe cobrado de la prereserva (20% del total del alquiler), a no ser que en la prereserva se contrate en el apartado EXTRAS, el SEGURO DE CANCELACIÓN. En ese caso sí se hará la devolución cobrada.